Exenciones de inadmisibilidad
Llevando esperanza a los desesperados a través del sistema legal estadounidense
Abogados De Exenciones de inadmisibilidad a nivel nacional
¿Qué Es Una Exención De Inadmisibilidad?
Si un oficial de inmigración le ha informado que es inadmisible en los Estados Unidos, no significa necesariamente que su viaje termine allí en la desesperación. En Buenaventura Koss, PLLC nos dedicamos a ayudar a personas y familias a navegar el complejo panorama de los problemas de inmigración, explorando varias opciones para permanecer juntos en los EE. UU. Una de esas opciones incluye solicitar una exención de inadmisibilidad, que potencialmente podría permitirle permanecer legalmente en el país.
Este importante proceso, a menudo conocido como exención por dificultades, permite a las autoridades migratorias estadounidenses considerar las dificultades emocionales, médicas y financieras que su familiar, ciudadano estadounidense o residente permanente legal, enfrentaría si no se le permitiera permanecer en el país. Reconoce el profundo impacto que la separación puede tener en los seres queridos y busca brindar una vía de salida.
Nuestro experimentado equipo legal trabajará estrechamente con usted para comprender plenamente su situación particular, le ayudará a reunir la documentación y las pruebas necesarias para respaldar su caso y le guiará en cada paso del a menudo complejo proceso de exención. Si le han declarado inadmisible, no pierda la esperanza: aún hay opciones por explorar. Contacte con nuestra oficina hoy mismo para hablar sobre sus opciones y dar los siguientes pasos para reunirse con su familia en EE. UU.
Llame a Buenaventura Koss, PLLC al 813-519-5100 para programar una consulta con un abogado hoy.
Exenciones por dificultades I-601 y I-601A
Si ha sido considerado inadmisible en los Estados Unidos debido a presencia ilegal, fraude o tergiversación, o ciertas condenas penales (como delitos que involucran depravación moral), es posible que deba solicitar una exención I-601 o I-601A, según sus circunstancias.
Este tipo de exenciones suele ser más complejo porque implican infracciones previas de la ley de inmigración estadounidense. Además de demostrar las dificultades que enfrentaría su familiar estadounidense que cumple los requisitos, también debe demostrar por qué el gobierno debería considerar condonar la medida que lo inadmitió. Dependiendo de su situación, el nivel de dificultad puede ser "extremo" o incluso "excepcional y extremadamente inusual".
En Buenaventura Koss, PLLC entendemos lo intimidante que puede ser este proceso. Desde crear un paquete de exención convincente hasta ayudarle a comprender los requisitos legales, estamos aquí para guiarle en cada paso del proceso y defender su oportunidad de permanecer legalmente en el país con sus seres queridos.
Si enfrenta obstáculos para su admisibilidad, no espere. Comuníquese con nuestra oficina hoy mismo para programar una consulta y descubrir cómo podemos ayudarle.
Exenciones de inadmisibilidad J-1
Si se encuentra en EE. UU. con una visa de visitante de intercambio J-1, ya sea como profesor, investigador, estudiante, au pair, participante de un intercambio cultural o en otro programa, podría estar sujeto al requisito de residencia de dos años en su país de origen. Esta norma generalmente exige que regrese a su país de origen durante al menos dos años antes de poder solicitar una tarjeta de residencia permanente o cambiar el estatus de su visa.
Sin embargo, si tiene familiares cercanos que sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, y su partida les causaría dificultades significativas, puede calificar para una exención J-1 del requisito de residencia en el país de origen.
En Buenaventura Koss, PLLC ayudamos a las personas a evaluar si cumplen con el estándar de dificultades excepcionales y las guiamos en el proceso de exención. Nuestro equipo legal trabajará estrechamente con usted para comprender la situación de su familia y elaborar una solicitud de exención sólida, adaptada a las necesidades de su caso específico. Si está considerando una exención J-1 y desea explorar sus opciones, comuníquese con nuestra oficina hoy mismo para programar una consulta.
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